Sobre el RCC

Qué es

El Registro Cartográfico de Catalunya (RCC) es el órgano básico de información cartográfica y geográfica relacionada de la Administración de la Generalitat y de los entes locales de Catalunya.

La dirección y gestión del Registro corresponden al ICGC, bajo la dirección superior del Departamento de Territorio de la Generalitat de Catalunya, al que corresponde, mediante la Secretaría competente en materia de planificación territorial, dictar las normas e instrucciones necesarias para su correcto funcionamiento.

La geoinformación inscrita en la sección correspondiente del RCC es oficial y de uso obligatorio:

  • para todas las administraciones catalanas para la formación de nuevas cartografías y

  • en el ejercicio de las competencias de la Generalitat y, en el marco de estas, en el ejercicio de las competencias atribuidas a los entes locales y a otros entes públicos de Catalunya, cuando este ejercicio competencial haya de emplear información cartográfica o geográfica o se haya de basar.

 

Organización

El Registro se organiza en dos secciones separadas para la inscripción de cartografía oficial y cartografía no oficial. Todas las cartografías inscritas en el Registro quedan catalogadas en la Infraestructura de Datos Espaciales de Catalunya (IDEC).

 

Funciones

El Registro tiene, entre otras, las funciones siguientes:

  • La inscripción de las resoluciones de otorgamiento y pérdida de la oficialidad de la geoinformacións,

  • Facilitar al público el acceso a la información contenida en el mismo, en los términos establecidos en la normativa aplicable.

  • La emisión de certificaciones sobre la información que consta en el mismo.

  • La custodia y conservación de la documentación que se le presente.

  • Promover la interconexión con otros registros cartográficos y, en particular, con los que dependen de los organismos estatales competentes.

 

Marco legal

El RCC se regula por: